Como cancelar el contrato de alquiler

Cancelar contrato de alquiler entre propietario e inquilino

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Conocer las normas a la hora de rescindir un contrato de alquiler es importante, tanto para el propietario, como para el inquilino.
A continuación, te mostraremos algunas de las claves a tener en cuenta para poner fin a un contrato de arrendamiento.

 

Motivos para cancelar un contrato de alquiler

Un contrato de alquiler no puede cancelarse por gusto, sino que debe ajustarse a una serie de condiciones que explicamos aquí.

En el caso del propietario:

Tendrá que ajustarse a la Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 27, sobre incumplimiento de obligaciones:

– La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.

– La falta de pago del importe de la fianza o de su actualización.

– El subarriendo o la cesión inconsentidos.

– La realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario.

– Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

– Cuando la vivienda deje de estar destinada de forma primordial a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.

En el caso del inquilino:

– La no realización por parte del propietario de las reparaciones necesarias.

– La perturbación de hecho o de derecho que realice el arrendador en la utilización de la vivienda.

Cancelar el contrato depende de cuando se haya firmado

La Ley de Arrendamientos Urbanos dice que los inquilinos pueden rescindir el contrato de alquiler una vez hayan pasado 6 meses (mínimo) de la firma de este, siempre que se lo diga al propietario con una antelación. Ahora bien, puede que existiera una cláusula en el contrato que diga que una de las partes, en caso de que el inquilino se vaya, deba indemnizar al propietario con una cantidad igual a una mensualidad de la renta, por cada año del contrato que falte por cumplir.

Ahora que sabemos esto, nos queda saber los plazos, tiempos y causas que pueden llevar a la cancelación del contrato de alquiler entre propietario e inquilino.

Tomando en cuenta esto, y transcurridos los seis primeros meses, toca saber cuáles son los plazos, tiempos y causas en el que se puede poner fin a un contrato de alquiler entre propietario e inquilino y esto, variará en función de la fecha en la que firmaste el contrato.
Dependiendo cuándo fuera firmado el contrato he aquí las condiciones.

Contratos firmados con la reforma de la Ley de junio de 2013:

  • Inquilinos: Tienen que avisar 30 días antes de su deseo de no continuar con el contrato.
  • Propietarios: Podrán rescindir el contrato si, tras pasar el primer año de duración, comunica al inquilino que necesita la vivienda alquilada para destinarla a vivienda permanente de su familia (en primer grado de consanguinidad o adopción o su cónyuge en supuestos de sentencia de separación) o sí mismo. De todos modos, debe comunicárselo al arrendatario con al menos 2 meses de antelación.

Contratos firmados con el Real Decreto del 5 de marzo de 2019:

  • Los que firmaran el contrato a partir de marzo de 2019 deben dar un preaviso de 4 meses (los propietarios) y 2 meses de antelación (los inquilinos).

Si el inquilino finaliza el alquiler previo a la fecha marcada en el contrato, teniendo en cuenta el artículo 11 de la LAU: Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización”.
Lo que quiere decir que en caso de finalizar un alquiler antes de lo estipulado suele llevar una penalización implícita.

Sabemos que es un tema un poco complejo. Si te surge alguna duda, pregúntanos en la casilla de comentarios.

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